Para afiliarse a UPTIC el solicitante debe pertenecer a la plantilla de cualquiera de las sociedades que componen la Corporación Radiotelevisión Española. Este es el requisito básico. No existe ningún tipo de restricción salvo la derivada de los acuerdos que puedan adoptarse en la Asamblea General y en las cláusulas que figuran en los estatutos. En todo caso, es menester advertir, que no podrá ser afiliado ningún trabajador que haya sido denunciado por acoso de cualquier naturaleza o haya ejercido un cargo directivo de forma discrecional, haya favorecido a familiares en la contratación o ejerza de forma poco ética su labor profesional, todas estas circunstancias podrán invalidar la afiliación y serán evaluadas por la Asamblea General.
Cualquier modificación de las condiciones para la afiliación serán comunicadas a los afiliados y reseñadas en los estatutos, los cuales se modificarán por la vía legal vigente comunicando los cambios en el registro del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
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